BACHILLERATO
El Bachillerato viene establecido por la siguiente legislación:
- Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, de Educación (LOMLOE), que modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE). [enlace]
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa. [enlace]
- Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que se establece la ordenación y enseñanzas mínimas del Bachillerato. [enlace]
- Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato (BOE de 3 de enero). Aplicable a los cursos pares durante el curso 2022-2023, excepto en lo referente a la evaluación y promoción.
- Decreto 251/2022, de 22 de diciembre, por el que se establece la ordenación y el currículo de Bachillerato en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. [enlace].
- Decreto 221/2015, de 2 de septiembre de 2015, por el que se establece el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Aplicable a los cursos pares durante el curso 2022-2023, excepto en lo referente a la evaluación y promoción.
Definiciones
Según lo establecido en el artículo 2 del Real Decreto 217/2022, de 1 de marzo, se entenderá por:
- Objetivos: logros que se espera que el alumnado haya alcanzado al finalizar la etapa y cuya consecución está vinculada a la adquisición de las competencias clave.
- Competencias clave: desempeños que se consideran imprescindibles para que el alumnado pueda progresar con garantías de éxito en su itinerario formativo, y afrontar los principales retos y desafíos globales y locales. Son la adaptación al sistema educativo español de las competencias clave establecidas en la Recomendación del Consejo de la Unión Europea de 22 de mayo de 2018 relativa a las competencias clave para el aprendizaje permanente.
- Competencias específicas: desempeños que el alumnado debe poder desplegar en actividades o en situaciones cuyo abordaje requiere de los saberes básicos de cada área. Las competencias específicas constituyen un elemento de conexión entre, por una parte, las competencias clave, y por otra, los saberes básicos de las áreas y los criterios de evaluación.
- Criterios de evaluación: referentes que indican los niveles de desempeño esperados en el alumnado en las situaciones o actividades a las que se refieren las competencias específicas de cada área en un momento determinado de su proceso de aprendizaje.
- Saberes básicos: conocimientos, destrezas y actitudes que constituyen los contenidos propios de un área y cuyo aprendizaje es necesario para la adquisición de las competencias específicas.
- Situaciones de aprendizaje: situaciones y actividades que implican el despliegue por parte del alumnado de actuaciones asociadas a competencias clave y competencias específicas, y que contribuyen a la adquisición y desarrollo de las mismas.
- Perfil de salida: es la herramienta en la que se concretan los principios y los fines del sistema educativo español referidos a dicho período. Identifica y define las competencias clave que se espera que los alumnos y alumnas hayan desarrollado al completar esa fase de su itinerario formativo. El perfil de salida es único y el mismo para todo el territorio nacional. El perfil remite a un momento preciso y limitado del desarrollo personal, social y formativo del alumnado: la etapa de la enseñanza básica.
- Descriptores operativos: Son la dimensión aplicada de las competencias clave. Junto con los objetivos de la etapa, son el marco referencial a partir del cual se concretan las competencias específicas de cada área.
Competencias
Las competencias clave para el aprendizaje permanente aparecen recogidas en la Recomendación del Consejo de la Unión Europea de 22 de mayo de 2018. Estas competencias clave han sido adaptadas al contexto escolar, así como a los principios y fines del sistema educativo establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Dichas competencias son las siguientes:
- Competencia en comunicación lingüística.
- Competencia plurilingüe.
- Competencia matemática y competencia en ciencia, tecnología e ingeniería.
- Competencia digital.
- Competencia personal, social y de aprender a aprender.
- Competencia ciudadana.
- Competencia emprendedora.
- Competencia en conciencia y expresión culturales.
De acuerdo con lo expresado en la Recomendación, no existe jerarquía entre las distintas competencias, ya que se consideran todas igualmente importantes. Tampoco se establecen entre ellas límites diferenciados, sino que se solapan y entrelazan. Tienen, por tanto, carácter transversal: ninguna se corresponde directa y unívocamente con una única área; y todas se adquieren y desarrollan a partir de los aprendizajes que se producen en las distintas áreas. Este carácter transversal de las competencias favorece el enfoque globalizado propio de la etapa de Educación Secundaria Obligatoria.
Requisitos de acceso:
- Tener el Título de Graduado en ESO.
- Tener el título de Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional.
- Tener título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño.
- Tener el título de Técnico Deportivo o Técnico Deportivo Superior.
Características:
- Consta de dos cursos académicos.
- Existen cinco Modalidades:
- Ciencias y Tecnología.
- Humanidades y Ciencias Sociales, con dos itinerarios distintos.
- Arte: Música y Artes Escénicas.
- Artes: Artes Plásticas, Imagen y Diseño.
- General.
- Se puede permanecer cursando Bachillerato un máximo de 4 años, consecutivos o no.
- Se puede repetir cada curso una vez. Extraordinariamente se puede repetir un curso una vez más previo informe que lo aconseje.
- La evaluación es continua.
- Promoción: Máximo dos asignaturas pendientes. Deberán matricularse de las asignaturas pendientes.
- La superación de las materias de 2º que sean continuidad de una asignatura de 1º estará condicionada a la superación de la de 1º (Ej.: para aprobar Matemáticas II tiene que haberse aprobado Matemáticas I).
Estructura:
Para el curso 2022-2023 se aplicará en 1º de Bachillerato, y en el curso 2023-2024, se aplicará en 2º de Bachillerato.
Para el curso 2022-2023, se mantiene 2º curso para dar continuidad a los alumnos que este año han estudiado 1º de Bachillerato.
La Modalidad de Arte sólo se imparte en Cartagena en los siguientes centros:
Más información sobre la red de centros de la Región de Murcia donde se imparte el Bachillerato de Arte en el siguiente enlace: (+)
BACHILLERATO DE INVESTIGACIÓN:
Durante el curso 2022-2023 se mantiene 2º curso de esta Modalidad, quedando pendiente si continuará existiendo esta Modalidad en los cursos sucesivos.
Se imparte en muy pocos centros, que es el Bachillerato de Investigación, que viene regulado por la Orden de 27 de julio de 2009, de la Consejería de Educación.
Su estructura es la siguiente:
Esta Modalidad se imparte en Cartagena en los siguientes centros:
- IES San Isidoro de Los Dolores. Enlace: [+]
- IES Mediterráneo (Urbanización Mediterráneo). Enlace: [+]
- IES Isaac Peral (Paseo Alfonso XIII). Enlace: [+]
- Metodología diferente: se potencia el trabajo de investigación, TIC, prácticas de laboratorio, trabajos de campo, análisis de textos complejos, trabajos de síntesis.
- Dos Modalidades: Ciencia y Tecnología, y Humanidades y Ciencias Sociales.
- Grupos reducidos: entre 10 y 15 alumnos.
- 34 horas lectivas semanales.
- En la solicitud hay que eligirlo como primera opción.
BACHILLERATO INDUSTRIAL:
Durante el curso 2022-2023 se mantiene 2º curso de esta Modalidad, quedando pendiente si continuará existiendo esta Modalidad en los cursos sucesivos.
Se imparte en dos centros, que es el Bachillerato Industrial, que viene regulado por la Resolución de 10 de julio de 2017, de la Consejería de Educación.
Los objetivos de este Bachillerato son los siguientes
Además de los objetivos generales para el Bachillerato establecidos en el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre de 2014, y en el Decreto 221/2015, de 2 de septiembre, esta modalidad tiene los siguientes objetivos específicos:
- Ofrecer un itinerario afín a estudios superiores relacionados con grados en ingeniería.
- Realizar una profundización curricular en Tecnología Industrial, para proporcionar una formación académica complementaria compatible con los grados de ingeniería.
- Orientar metodológicamente el desarrollo de las materias afines a esta modalidad (Física y Química, Biología y Geología, Dibujo Técnico y Matemáticas), a estudios superiores en grados de ingeniería.
- Colaborar con la UPCT en el desarrollo de actividades complementarias y de formación, para desarrollar contenidos de esta modalidad de Bachillerato, que permita a los alumnos tener acceso a recursos materiales y didácticos de los que los Institutos no disponen.
CAMBIOS DE MODALIDAD:
Según el artículo 21.5 del Decreto 251/2022, de 22 de diciembre:
Un alumno que haya cursado el primer curso en una determinada modalidad y desee cursar el segundo curso en una modalidad diferente, deberá completar un itinerario válido que contenga todas las materias específicas de modalidad que se requieren para obtener el título de Bachillerato por una modalidad concreta.
A efecto de promoción a segundo curso, si un alumno cumple los requisitos de promoción y se quiere cambiar de modalidad, las materias que tenga que realizar de primero como consecuencia del cambio de modalidad no computarán para la promoción.
EVALUACIÓN EN BACHILLERATO
Para más información del Bachillerato:
Ministerio de Educación: [+]
Consejería de Educación:
Bachillerato: [+]
Bachillerato de Investigación: [+]
Siguiendo el Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, del Ministerio de Educación; así como el Decreto 251/2022, de 22 de diciembre, de la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de la región de Murcia, la evaluación de Bachillerato queda establecida de la siguiente forma:
La evaluación será continua y diferenciada.
Habrá tres sesiones de evaluación durante el curso, pudiendo ser la del tercer trimestre la evaluación final del curso.
El alumno podrá realizar una prueba extraordinaria de las materias no superadas, en las fechas que dictamine la Consejería de Educación de la Región de Murcia.
Promoción
- Promocionarán a 2º de Bachillerato cuando los alumnos tengan superadas todas las materias o tengan evaluación negativa en dos materias. Deberán matricularse de las materias que tengan pendientes de 1º. La superación de las materias de 2º que sean continuación de las materias de 1º estarán condicionadas a la superación de las de 1º.
- Los alumnos que, al finalizar 2º, tengan materias pendientes podrán volver a matricularse de estas sin necesidad de repetir el curso completo. Podrán hacer el curso completo si lo desean.
Para obtener el título de Bachillerato será necesario superar todas las materias de la etapa dentro de una Modalidad concreta. Excepcionalmente, el equipo docente podrá decidir otorgar el título de Bachillerato a alumnos que tengan una materia pendiente, con las siguientes condiciones:
- Que el equipo docente considere que el alumno ha alcanzado los objetivos de la etapa.
- Que no se haya producido una inasistencia continuada y no justificada.
- Que el alumno se haya presentado a las pruebas y haya realizado las tareas necesarias para su evaluación, incluidas las de la convocatoria extraordinaria.
- Que la media aritmética de todas las materias de la etapa sea superior a 5, considerando para su cálculo la nota de la materia no superada.
En la sesión de evaluación extraordinaria, el equipo docente del alumno tomará dicha decisión de forma colegiada por mayoría simple, previa deliberación, de la que se dejará constancia en el acta.
Ministerio de Educación: [+]
Consejería de Educación:
Bachillerato: [+]
Bachillerato de Investigación: [+]